¿Perdió en la corte? Todavía puede tener opciones. Law Nerd LLC ayuda a personas en todo Texas a apelar condenas penales, impugnar órdenes de divorcio y custodia, y presentar recursos de hábeas corpus.
La ley debe ser algo que usted pueda usar, no algo que se use en su contra. Law Nerd LLC existe para poner las herramientas de las cortes de apelación al alcance de las personas cuyas vidas dependen de ellas.
Las apelaciones se ganan o se pierden en el papel: en lo que muestra el expediente y en cómo se presenta. Jonathon Muñoz trabajó como abogado de la corte (staff attorney), la persona que lee los escritos y el expediente antes que los jueces. Sabe lo que una corte necesita ver para fallar a su favor, y le explicará su caso en palabras claras, en español o en inglés.
En las apelaciones, el tiempo lo es todo. Estos son algunos de los plazos más importantes, tal como los establecen las reglas. Si su sentencia ya se firmó, no espere.
| Trámite | Plazo | Fuente |
|---|---|---|
| Apelación penal (aviso de apelación) | 30 días después de que se impone la sentencia; 90 si se presentó a tiempo una moción para nuevo juicio | Tex. R. App. P. 26.2(a) |
| Apelación civil o de familia | 30 días después de que se firma la sentencia; 90 con ciertas mociones posteriores | Tex. R. App. P. 26.1(a) |
| Audiencia de novo (juez asociado, casos de familia) | A más tardar el tercer día hábil después del aviso del informe | Tex. Fam. Code § 201.015(a) |
| Apelación de desalojo (corte de paz) | 5 días después de que se firma la sentencia | Tex. R. Civ. P. 510.9(a) |
| Petición federal de hábeas (§ 2254) | Un año, que generalmente corre desde que la condena quedó firme | 28 U.S.C. § 2244(d)(1) |
Depende del tipo de caso. En un caso penal, por lo general 30 días después de que se impone la sentencia (Tex. R. App. P. 26.2(a)). En un caso civil o de familia, por lo general 30 días después de que se firma la sentencia (Tex. R. App. P. 26.1(a)). Algunos plazos son mucho más cortos, como los tres días hábiles para pedir una audiencia de novo después del fallo de un juez asociado (Código de Familia, § 201.015(a)).
Sí. Las apelaciones y los recursos se deciden por escrito, así que representamos clientes en todo Texas. Nuestra oficina está en Mission, en el Valle del Río Grande.
Sí. Puede escribirnos o hablar con nosotros en español desde el primer contacto.
La mayoría de los casos se manejan con una tarifa fija que se cotiza después de revisar la sentencia y el expediente, para que usted sepa el costo desde el principio.
No. Enviar un mensaje no crea una relación abogado-cliente. No envíe información confidencial hasta que hayamos acordado representarle.
Díganos qué tipo de caso es, en qué condado, y cuándo se firmó la sentencia u orden. Le responderemos con una evaluación honesta de sus opciones.
Oficina: 2112 S. Shary Rd. Suite E, Mission, TX 78572. Atendemos casos en todo Texas.
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